Comité de convivencia

Comité de Convivencia Laboral – Res. 0552 de 2023

FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL:

El Comité de Convivencia Laboral tiene las siguientes funciones, en concordancia con lo establecido en el artículo 6 de la Resolución 652 de 2012 del Ministerio de Trabajo:

  1. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas por los servidores públicos en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.

 

  1. Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior del Ministerio.

 

  1. Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.

 

  1. Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.

 

  1. Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.

 

  1. Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.

 

  1. En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación.

 

  1. Presentar a la alta dirección del Ministerio las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del Comité de Convivencia Laboral y los informes requeridos por los organismos de control.

 

  1. Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Convivencia Laboral a la dependencia de gestión del talento humano y salud y seguridad en el trabajo del Ministerio, esto es, a la Dirección de Talento Humano.

 

  1. Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados al Despacho delMinistro(a).

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